¿Quién puede heredar?

Desde Equal queremos explicar que pasa con los herederos en caso de que la persona que haya fallecido haya dejado testamento o no.

Lo primero que debemos explicar es que en principio pueden heredar por testamento todas aquellas personas físicas o jurídicas que no se encuentren incapacitadas por ley. Para poder suceder es necesario que la persona que sucede esté vivo en el momento del fallecimiento de la persona que deja el testamento. Pueden heredar también los menores e incapaces cuando tengan representantes, padres, tutores o defensores judiciales. Los no nacidos también tienen la posibilidad de heredar, cuando la viuda esté embarazada en el momento de la muerte. Ante éste caso, la herencia se dividirá pero habrá que esperar a que el nasciturus, como así se le llama al no nacido jurídicamente, nazca.

En caso de que el fallecido haya dejado testamento, son herederos los siguientes:

Por un lado, los herederos voluntarios que son aquellos que figuran como tales en el testamento y suceden al testador en la titularidad de los bienes y derechos que componen su patrimonio. Después de los primeros, heredan los forzosos que son aquellos a los que la ley le reconoce el derecho a heredar, al menos un tercio del patrimonio del fallecido. Los herederos forzosos por orden son, los hijos, descendientes y ascendientes.

En caso de que el fallecido no haya dejado testamento, se abre sucesión legal, intestada la cual se produce cuando: alguien fallece sin testamento, cuando por testamento no se dispone de todos los bienes del testador, cuando en el testamento no se indica quienes son los herederos o éstos fallecen antes que el testador, cuando la herencia se repudia por el que ha sido nombrado heredero o no la acepta en plazo, cuando el heredero es incapaz de suceder, cuando el testamento no aparece o se ha destruido, cuando en el testamento no se han incluido a todos los herederos forzosos o cuando se consideró forzoso a alguien que no tenía esa condición y por último cuando el testamento es nulo.

En ausencia de parientes, ya sean ascendientes o descendientes y cónyuge, el que hereda es el Estado. Éste, a su vez, está obligado a asignar un tercio de la herencia a instituciones municipales de beneficencia, acción social, otro tercio a instituciones de las mismas características pero de ámbito provincial y por último otro tercio a cancelar deuda pública.

Herencia y testamento: ¿Quién puede heredar?

¿Quién puede heredar?

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