Condenado el Servicio Gallego de Salud por las esperas. Las listas de espera son el mal endémico de los servicios de salud, si ya nos referimos a la Seguridad Social (el mejor servicio público de salud del mundo) estas esperas pueden convertirse en un verdadero quebradero de cabeza.

Sin embargo, estas listas de esperas, se suelen entender derivadas del propio funcionamiento de la Seguridad Social, aunque bien es cierto, que esperas de varios meses de duración puede resultar cuanto menos un estorbo para las personas dentro de dicha lista.

Siguiendo la línea, podemos encontrarnos con una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Ourense que ha condenado al Servicio Gallego de Salud, en una sentencia contra la que no cabe recurso de apelación, a indemnizar a un paciente en 10 000 euros por los perjuicios padecidos al haber tenido que acudir a la sanidad privada ante las excesivas listas de espera del Servicio de Neurología del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense.

En la resolución se indica que “con toda evidencia la Administración demandada ha incurrido en este caso en un funcionamiento anormal, incorrecto, deficiente más allá de lo tolerable para el servicio público de que se trata” y añade que “es lógico que en esta tesitura el paciente se angustiase y acudiese a la sanidad privada”. Para el magistrado, “la Administración pública sanitaria funcionó de manera deficiente e incluso irracional”.

Esta sentencia nos puede dar una idea de los requisitos que van a pedir los tribunales españoles para juzgar casos parecidos y nos abren una puerta dentro de las largas y extensas colas de espera en la sanidad española.

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