Conducir sin puntos sera siempre delito-Equal Abogados

Conducir sin puntos sera siempre delito,Según informa “El Mundo”, el Tribunal Supremo ha establecido que conducir con el permiso sin vigencia por pérdida de todos los puntos es delito y no sólo una falta administrativa.

La Sala Penal del Alto Tribunal explica que el delito contra la seguridad vial no requiere para su aplicación que además se esté poniendo en un riesgo concreto la seguridad vial. Para cometerlo bastará con el peligro abstracto que se genera al conducir sin las condiciones legales para ello.

De este modo, el Supremo ha fijado este criterio en tres recientes sentencias, que sirven para desterrar la interpretación que hacía la Audiencia de Toledo, que para ver delito exigía que el conductor sin puntos cometiese alguna infracción más de tráfico que supusiera un riesgo. En los demás casos, quedaba en una infracción administrativa. Esa discrepancia de la Audiencia de Toledo con el resto de audiencias provinciales suponía que lo que en una carretera toledana era una falta administrativa se convertía en delito al llegar a un punto kilométrico de cualquiera de las seis provincias limítrofes (Madrid, Cuenca, Ciudad Real, Badajoz, Cáceres o Ávila).

El Tribunal Supremo ha podido unificar la disparidad de criterios gracias a la reciente reforma del recurso de casación, que ahora le permite revisar delitos que antes nunca podían llegar al Alto Tribunal.

La pérdida de puntos del permiso de conducción por las sanciones recibidas es indicativo de que se carece de las características adecuadas para conducir un vehículo en tanto que el conductor desprecia las normas de circulación legalmente dispuestas para ello, dice el Supremo.

En uno de los tres casos resueltos, los magistrados examinan una situación especialmente compleja, cuando la Policía Foral de Navarra interceptó a un conductor que tenía cancelado el permiso de conducir español por pérdida de puntos, pero que tenía un permiso de conducir portugués obtenido mediante la figura del canje comunitario.

El Supremo considera que se trata de un fraude de ley en el que el conductor se aprovechó de la normativa comunitaria que regula ese canje.

Si pierde, como perdió, la vigencia del permiso de conducir en España no puede su conducta quedar impune, máxime teniendo en cuenta que el acusado conocía perfectamente cómo funciona el sistema de pérdida de vigencia, al habérsele retirado en dos ocasiones anteriores, y en esta tercera sencillamente se adelantó a la resolución de la Jefatura de Tráfico.

En los tres casos analizados por el Supremo, las penas van desde los 5 meses de prisión, para este último acusado, a multas de entre 2.160 y 6.000 euros. El Código Penal establece que las condenas impuestas por el delito de circular sin carné o por haber perdido todos los puntos pueden incluir trabajos comunitarios, multas o hasta seis meses de prisión.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

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Conducir sin puntos sera siempre delito
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Conducir sin puntos sera siempre delito
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Según informa “El Mundo”, el Tribunal Supremo ha establecido que conducir con el permiso sin vigencia por pérdida de todos los puntos es delito y no sólo una falta administrativa.
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