Declaración de desamparo por sobreprotección patológica a su hija

Declaración de desamparo por sobreprotección patológica a su hija. Dentro del derecho de familia, encontramos la declaración de desamparo, que puede ser, sin duda, uno de los momentos más duros en toda esta rama del derecho, al afectar a la parte más íntima y personal del individuo.
En este caso, la Audiencia Provincial de Cantabria desestimó el recurso de unos padres contra la resolución que les niega la patria potestad sobre su hija, de trece años de edad, debido a que permanecen los factores de riesgo que motivaron la declaración de desamparo, en enero de 2013, y que se basan en una actitud de “sobreprotección patológica”.
La Audiencia, observa por su parte, una mejoría en el desarrollo integral de la menor, ya que en la actualidad vive en el entorno residencial dependiente de la administración. Sin embargo, el programa de intervención familiar al que debían someterse los padres ha fracasado.
“Los progenitores no son ni han sido conscientes del problema que les aqueja, ni menos del efecto que puede producir en la menor”, añadiendo que “no tienen intención de erradicar o disminuir los factores de riesgo que llevaron a la declaración de desamparo”.
El tribunal determina que no ha quedado eliminado el riesgo, “al contrario, se mantiene”, considerando que el aumento de visitas “ha equilibrado perfectamente los intereses en juicio, para permitir una respuesta adecuada a las necesidades derivadas del desarrollo integral de la menor”.
Este caso surgió en enero de 2013, cuando el Instituto Cántabro de Servicios Sociales declaró a la menor y a su hermano en situación de desamparo, asumiendo su tutela y suspendiendo la patria potestad.
Esta decisión, se debió al “ambiente familiar caracterizado por la normalización del aislamiento social, la falta de autonomía de sus miembros y la exageración de los síntomas de enfermedad física”.
Por ello, la “negligencia en la atención de las necesidades de carácter emocional y social de los menores, inadecuadamente atendidas por la sobreprotección patológica que los padres ejercen sobre sus hijos y que impide su normal desarrollo”.
“Los menores son expuestos a situaciones de aislamiento en el entorno físico y social, constatando como indicadores de daño psicológico en lo menores la incapacidad para desarrollar relaciones con iguales, falta de habilidades sociales para desenvolverse adaptativamente, actitudes de recelo, desconfianza y hostilidad en las relaciones sociales, baja escolarización, etc”, señala la sentencia.
A partir de este momento, los menores permanecieron en una residencia dependiente de la administración, experimentado “avances y buena integración escolar y social, que han corregido en gran medida el desfase curricular que registraban a su ingreso”, además de una “mejora de su autoestima”.
La sentencia, informa que las sesiones de intervención familiar se desarrollaron “en un clima de tensión, con actitudes y conductas oposicionistas por los padres y quejas reiteradas sobre el trato que reciben sus hijos”.
En este caso, el interés de la menor no puede caber la devolución de la patria potestad, pero sí estima conveniente aumentar los contactos con su núcleo familiar, “con estancias cortas y no prolongadas en el tiempo, que pudieren comprometer los avances obtenidos”

Declaración de desamparo por sobreprotección patológica a su hija

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