Delito de ofensa religiosa y la crítica y sátira. Nos encontramos muchas veces con un límite difuso en las infracciones del derecho al honor, y es que la libertad de expresión y la libertad de prensa, muchas veces chocan con los límites del derecho al honor de las personas.

En línea con esto, el Juzgado de Instrucción 18 de Valencia archivó una denuncia interpuesta por la “Asociación Internacional de Fieles Hogar de la Madre de Todos los Hombres, Madre de la Juventud” contra el grupo Endavant, el cual utilizó un cartel con dos Vírgenes besándose para convocar a la manifestación del día del orgullo gay celebrada el pasado 18 de mayo.

En esta sentencia, el juez va a considerar que “ni la imagen controvertida”, “ni el texto que acompaña a la misma tendrían encaje en los delitos denunciados”. Este cartel propagandístico, con un beso lésbico entre la Virgen de los Desamparados y la Virgen de Monserrat no viene a constituir ningún delito de ofensa a los sentimientos religiosos porque tiene un “indudable sentido satírico, crítico y provocador” en respuesta a las declaraciones sobre los homosexuales realizadas por el Arzobispo de Valencia.

De igual manera, tampoco se aprecia un delito de odio, ya que en los hechos originarios de la demanda, no se aprecia una incitación pública a la hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo.

Por ello, “si bien los denunciantes puedan sentirse ofendidos con la imagen referida, del modo que explicitan en su denuncia, ello no basta para concluir, como pretenden, que la imagen referida (y el texto adjunto) tenga encaje en el tipo penal del artículo 525.1 CP pues, como ha quedado apuntado, dicho delito no requiere únicamente que se ofendan los sentimientos religiosos, sino que exige además que con esa conducta se haga escarnio de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de una confesión religiosa, y, más aun, que se realiza con la expresa e inequívoca intención de ofender esos sentimientos religiosos”.

Continúa la sentencia que: “la imagen controvertida tiene un indudable sentido satírico, crítico y provocador, que no de escarnio ni de inequívoca intención de ofender sentimientos religiosos”; ya añade que esta “intención satírica, crítica y provocadora” viene “corroborada por el propio tenor literal del texto adjunto, del que cabe inferir que se optó por dicha imagen en respuesta a las declaraciones públicas efectuadas por el Cardenal Cañizares (aludidas en el texto anexo a la imagen denunciada), por lo que, más allá del anuncio y publicidad de las movilizaciones del “Día per l’Alliberament LGTB”, resulta notorio a la vista de la documentación adjunta a la denuncia que la única intención perseguida por los denunciados era la de efectuar una crítica (con un evidente sentido provocador) a las manifestaciones efectuadas por el Cardenal Cañizares”.

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