stalking

Delito de Stalking

El Stalking es el delito de acoso, acecho u hostigamiento a una persona por los medios tecnológicos por la facilidad de acceso a la información y su difusión. Hasta el año 2015 esta conducta no tenía un tipo fijado en el Código Penal.

Tras la reforma del Código Penal, se ha introducido su tipificación, y el Supremo se ha pronunciado ahora sobre su aplicación, castigando con penas de 3 meses a 2 años de cárcel (o multa de 6 a 24 meses), a quien acose a una persona de forma insistente y reiterada, alterando gravemente su vida cotidiana.


El Supremo ha establecido que esta conducta para ser delito debe prolongarse el tiempo suficiente para alterar la vida cotidiana de la víctima. No bastaría episodios aislados o concentrados en pocos días y que no repercutan en los hábitos de la víctima.


Esta interpretación viene por la desestimación del recurso de una mujer que quería que se aplicase a su expareja sentimental el artículo 172.ter.2, que castiga el nuevo delito de hostigamiento o «stalking».

La Audiencia de Madrid condenó al hombre por coacciones en el ámbito familiar, a una pena de 16 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de aproximarse a la mujer durante 6 meses.

Los hechos describían varios actos de hostigamiento en el plazo total de una semana: el primero, consistió en llamadas telefónicas no contestadas que se suceden hasta la 1.30 de la madrugada, con envío de mensajes de voz, en actitud inequívocamente acosadora. Segundo, hubo un intento de entrar en el domicilio de la víctima de forma intimidatoria. En tercer lugar, una semana más tarde el acusado volvió al domicilio de la víctima profiriendo gritos, reclamando la devolución de objetos de su propiedad, acercándose el día siguiente a la mujer en el centro de educación al que ambos acudían y donde coincidían, exigiéndole la devolución de una pulsera.

En este caso, no se aprecia una modificación en la forma de vida de la víctima, acorralada por un acoso sistemático sin visos de cesar, por lo que el recurso fue desestimado.

La Sala recuerda que, en los intentos de conceptualizar el fenómeno del stalking desde perspectivas extrajurídicas (sociológica, psicológica o psiquiátrica) se maneja habitualmente un cierto lapso temporal. Algunos especialistas han fijado como guía orientativa, un periodo superior a un mes (además de, al menos, diez intrusiones). Otros llegan a hablar de seis meses.

En ese sentido, reitera que “no es sensato ni pertinente establecer un mínimo número de actos intrusivos como se ensaya en algunas definiciones, ni fijar un mínimo lapso temporal. Pero sí podemos destacar que el dato de una vocación de cierta perdurabilidad es exigencia del delito”.

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Delito de Stalking
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Delito de Stalking
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El Stalking es el delito de acoso, acecho u hostigamiento a una persona por los medios tecnológicos por la facilidad de acceso a la información y su difusión. Hasta el año 2015 esta conducta no tenía un tipo fijado en el Código Penal.
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Equal Abogados
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