Según informa el diario económico, “El Economista”, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha emitido una Orden (HFP/371/2018, de 9 de abril), por la que se regulan las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación correspondientes a la supervisión continua de las entidades integrantes del Sector Público Institucional Estatal. Hacienda supervisará más a las entidades públicas.

La implantación del sistema de supervisión continua se realizará de forma progresiva atendiendo a la adaptación de los organismos y entidades integrantes del sector público institucional estatal a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

En esta lista de entidades se incluyen organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, las autoridades administrativas independientes, las sociedades mercantiles estatales, los consorcios, las fundaciones del sector público, los fondos sin personalidad jurídica y las universidades públicas no transferidas.

Las actuaciones de supervisión continua de carácter automatizado se realizarán, al menos con periodicidad anual.

Este control se llevará a cabo por la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Oficina Nacional de Auditoría.

Esta medida, derivada de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), pretende comprobar si las entidades incurren en las causas previstas para su resolución, según el texto publicado el pasado martes 10 de abril en el BOE.

Se entiende por actuaciones de supervisión continua el control financiero permanente o de la auditoría pública previstos en la Ley General Presupuestaria.

Las entidades del sector público institucional estatal incluidos en la aplicación del sistema están obligados a colaborar con la Intervención General de la Administración del Estado y a suministrar todos los antecedentes, documentos, programas o archivos, preferentemente en soporte informático.

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