Los olores serán registrables como marca. El nuevo reglamento de marcas de la Unión Europea procede a eliminar el requisito de representación gráfica, por lo que se amplían los criterios de registro.

 

Los olores serán registrables como marca. El nuevo reglamento de marcas de la Unión Europea procede a eliminar el requisito de representación gráfica, por lo que se amplían los criterios de registro.

Este nuevo reglamento de marcas, a nivel europeo será válido a partir del próximo 23 de marzo.

A partir de este cambio se va a permitir que cualquier signo identificativo sea representado de cualquier manera posible a través del uso de la tecnología.

Eliminar el requisito de la representación gráfica hace que el signo deba ser claro, preciso, autosuficiente, fácilmente accesible, inteligible, duradero y objetivo.

Pero esto no solo va a aplicarse a posibles marcas olfativas sino que también va a poder aplicarse a signos distintivos relativos a sabores al eliminarse este requisito de la representación gráfica.

El problema de esta regulación es que va a generar muchas incógnitas sobre el registro de estas nuevas marcas, ya que los tribunales europeos no han admitido como representación entendible la formulación química o la cromatografía gráfica.

Tras la publicación de esta norma el 23 de marzo dará comienzo un proceso de dudas y pruebas sobre estos nuevos registros. Este nuevo reglamento viene a intentar potenciar el uso de medios tecnológicos, por lo que habrá que estar atento a los requisitos técnicos que imponga la oficina europea para poder diferenciar e identificar estas nuevas marcas.

Esta diferenciabilidad o identidad de las marcas va a ser el principal requisito y escollo que van a presentar, ya que tiene que permitir a un consumidor distinguir sin confundir un producto del resto.

Hay que hacer alusión a que este cambio en la normativa, primero se realiza a nivel europeo, pero bien es cierto que esto ha de tener un reflejo a nivel nacional.

Es por ello que las entidades españolas de registro de patentes y marcas van a tener que reflejar estos cambios de manera ciertamente inmediata, ya que a partir de esa fecha puede que comiencen a recibir solicitudes de registro de marcas olfativas y/o gustativas. Esto también hace que los funcionarios vayan a tener que recibir la formación necesaria para poder llevar a cabo estas gestiones y tener los medio técnicos posibles para facilitar estos registros.

Olores serán  registrables como marca

Los olores serán registrables como marca. El nuevo reglamento de marcas de la Unión Europea procede a eliminar el requisito de representación gráfica, por lo que se amplían los criterios de registro.

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