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Olores serán registrables como marca

 

Los olores serán registrables como marca. El nuevo reglamento de marcas de la Unión Europea procede a eliminar el requisito de representación gráfica, por lo que se amplían los criterios de registro.

Este nuevo reglamento de marcas, a nivel europeo será válido a partir del próximo 23 de marzo.

A partir de este cambio se va a permitir que cualquier signo identificativo sea representado de cualquier manera posible a través del uso de la tecnología.

Eliminar el requisito de la representación gráfica hace que el signo deba ser claro, preciso, autosuficiente, fácilmente accesible, inteligible, duradero y objetivo.

Pero esto no solo va a aplicarse a posibles marcas olfativas sino que también va a poder aplicarse a signos distintivos relativos a sabores al eliminarse este requisito de la representación gráfica.

El problema de esta regulación es que va a generar muchas incógnitas sobre el registro de estas nuevas marcas, ya que los tribunales europeos no han admitido como representación entendible la formulación química o la cromatografía gráfica.

Tras la publicación de esta norma el 23 de marzo dará comienzo un proceso de dudas y pruebas sobre estos nuevos registros. Este nuevo reglamento viene a intentar potenciar el uso de medios tecnológicos, por lo que habrá que estar atento a los requisitos técnicos que imponga la oficina europea para poder diferenciar e identificar estas nuevas marcas.

Esta diferenciabilidad o identidad de las marcas va a ser el principal requisito y escollo que van a presentar, ya que tiene que permitir a un consumidor distinguir sin confundir un producto del resto.

Hay que hacer alusión a que este cambio en la normativa, primero se realiza a nivel europeo, pero bien es cierto que esto ha de tener un reflejo a nivel nacional.

Es por ello que las entidades españolas de registro de patentes y marcas van a tener que reflejar estos cambios de manera ciertamente inmediata, ya que a partir de esa fecha puede que comiencen a recibir solicitudes de registro de marcas olfativas y/o gustativas. Esto también hace que los funcionarios vayan a tener que recibir la formación necesaria para poder llevar a cabo estas gestiones y tener los medio técnicos posibles para facilitar estos registros.

Olores serán  registrables como marca

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