Reforma del Código Penal: Corrupción

Continuando con el análisis de la nueva reforma del Código Penal, vamos a pasar al análisis a una de las cuestiones que más controversia (por desgracia) han suscitado en los últimos años en la sociedad española, la corrupción.

El legislador ha intentado con esta reforma endurecer, concretar y dar más fuerza a un cuerpo legislativo que en los últimos años había quedado un poco en desdicha frente a la sociedad española por los numerosísimos casos de corrupción ocurridos en el panorama español.

Uno de los puntos más destacados de esta reforma reside en que conforme a la redacción actual es que los condenados por delitos de corrupción no podrán acceder a la libertad condicional mientras no devuelvan el dinero sustraido a las arcas públicas. Punto destacable que además de sus consecuencias legales desde luego tendrá un peso destacable y una gran aceptación social.

De igual manera el nuevo Código Penal incrementará la duración de las penas de inhabilitación, por las que impedirá que mientras dure el tiempo de la condena se pueda optar a un cargo electivo. En los casos más graves (inhabilitación de al menos 10 años), la prescripción del delito se va a ver elevada a quince años.

Siguiendo la línea tomada por el legislador para intentar alcanzar “la regeneración democrática”, y siguiendo la trayectoria de la idea de la transparencia del poder ejecutivo, el Gobierno remitirá semestralmente al Congreso un informe sobre la concesión y denegación de indultos.

Además se añade el artículo 304 bis, en el cual se regula el nuevo delito de la financiación ilegal de partidos, con una “pena de multa del triplo al quíntuplo de su valor, el que reciba donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores”.
Esta conducta se refuerza con el artículo 304 ter castigando con pena de prisión “el que participe en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley”.

Es evidente que movido por determinadas situaciones que han creado y crean una importante alarma social el legislador ha decidido recrudecer las medidas a adoptar en materia de corrupción.

Desde Equal Abogados estamos a su disposición para asesorarle sobre esta o cualquier otra materia de Derecho Penal.

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