Retira la pensión de alimentos por no estudiar ni trabajar. El derecho de familia es sin duda uno de los derechos que afectan de manera más intensa a la esfera personal del individuo, y por ello en numerosas ocasiones encontramos sentencias de lo más curiosas.

En esta ocasión traemos una sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra la cual confirma una decisión del Juzgado de Primera Instancia nº5 de Vigo para retirar la pensión de alimentos a un joven.

El caso parecería uno sin más, pero tiene la peculiaridad de que este joven, de 19 años, abandonó los estudios a los 14-15. La Sala determinó que el Juzgado de Instancia acordó dicha medida de suspensión de la pensión de alimentos, debido a que el joven se negó a seguir estudiando y “ además, ni trabaja, ni ha trabajado, ni aprendido oficio alguno ni, en suma, se ha interesado por buscar ocupación de tipo alguno”.

Señala igualmente la sentencia que dicho joven al ser notificado del procedimiento judicial para la suspensión de la pensión de alimentos, se apuntó a la ESO para adultos. La sentencia califica esta conducta como oportunista ya que durante cuatro años “permaneció indolente y despreocupado de toda tarea, de su provenir y de su condición de carga para sus padres sin esfuerzo o compensación alguna por su parte”.

Por su parte, la  madre, que continua conviviendo con el hijo, había solicitado permanecer en la vivienda donde reside en la actualidad, que pertenece a los padres de su exmarido.

La Audiencia por su parte, en su sentencia afirmó que se encuentra en la misma posición que el juzgado, en su pretensión de  abandonar el domicilio, sin embargo estima el recurso planteado y le da un plazo de seis meses desde la firmeza de la sentencia para que lo abandone efectivamente.

Retira la pensión de alimentos por no estudiar ni trabajar

Retira la pensión de alimentos por no estudiar ni trabajar

 

 

 

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