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Nos encontramos muchas veces dentro del ámbito de las drogas, su fabricación, tráfico y consumo con muchas sentencias que desde luego resultan cuanto menos curiosas como este caso de penal de cárcel por probar droga con un amigo.

4 años de cárcel

En este sentido, vemos como la Sección VI de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto a un joven la pena de 4 años de cárcel y multa de mil quinientos euros por dar a probar a un amigo un líquido, cuya sustancia tenía numerosos efectos nocivos para la salud.

Estas penas, se deben ya que el tribunal ha considerado al acusado autor de un delito Contra la Salud Pública.

Butanodiol

En junio de 2015, el acusado Alejandro M. R, le dio a probar a un amigo un líquido que contenía “1.4 butanodiol”. Tras el sorbo, el amigo requirió de atención médica inmediata por inconsciencia e intoxicación severa, así como más tarde, atención especializada en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Miguel Servet.

El informe del médico forense al que hace referencia la sentencia “el 1.4 butanediol, si bien no es una sustancia fiscalizable, constituye un precursor del gammahidroxibutirato, GHB, sustancia sí fiscalizable, incluida en la Lista II de psicótropos, y ello por conversión metabólica, pudiendo producir dependencia grave y síndrome de abstinencia, así como numerosos efectos nocivos para la salud, siendo la manifestación clínica más frecuente en caso de intoxicación el coma, de corta duración, y, en algunas ocasiones, la muerte”.

Esta droga que llevaba el acusado en el momento de los hechos tenía un valor de 1.300 euros en el mercado ilegal.

Penal de cárcel por probar droga con un amigo

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Condenado por favorecer a un imputado del que era amigo. La independencia de los jueces a la hora de dictar sentencia es uno de los problemas más puntiagudos en el área judicial.En línea con esto, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha condenó a un magistrado por haber dictado una resolución injusta como autor de un delito de prevaricación. Esta resolución, fue dictada por el magistrado para favorecer al imputado en una causa de su juzgado con el que mantenía una relación de amistad.

Esta Sala ha condenado a Fernando Presencia con una multa de 3.600 euros y a la inhabilitación durante 10 años para el cargo de juez o magistrado, con pérdida definitiva del cargo que ostenta, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o fuera del mismo.

Si analizamos la sentencia dictada, podemos ver que durante la tramitación de unas diligencias previas por un delito de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro, en un supuesto atropello de un peatón y posterior fuga ocurrida en Talavera de la Reina, acordó el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro, y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas.

La Sala señala en su sentencia, que el magistrado Fernando Presencia actuó de este modo, no porque creyera que era lo que procedía conforme a derecho, sino para favorecer al imputado en el procedimiento, con el que, dice la Sala, se ha acreditado una estrecha amistad a la vista de las declaraciones practicadas en el juicio celebrado por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCLM.

Condenado por favorecer a un imputado del que era amigo

Condenado por favorecer a un imputado del que era amigo