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Según información de “El Economista”, el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo en el acto de apertura de Año Judicial, que estuvo presidido por el Rey Felipe VI, D. Carlos Lesmes, afirmó que: «La corrupción es el fenómeno que produce desánimo social y lamentablemente corroe alguna de nuestras instituciones”.

Durante el año 2016, los jueces españoles concluyeron un total de 112 investigaciones por delitos de corrupción pública, en las que se dictó auto de apertura de juicio oral o de procesamiento contra 659 personas, explicó el Sr. Lesmes.

La Fiscalía Anticorrupción denuncia su falta de medios, debido a los “macro-procesos” que han cargado de trabajo a una plantilla fija de fiscales que se considera muy ajustada -una veintena-, lo que ha obligado a aplicar el recurso de la temporalidad mediante comisiones de servicio y por lo que se reclama de forma urgente un incremento en su número de efectivos.

En la última Memoria de la Fiscalía General del Estado, hecha pública este mes de septiembre, con ocasión de la Apertura del Año Judicial y que frente a la acuciante escasez de medios materiales y humanos revela que a lo largo de 2016,  creció el número de procedimientos penales en los que ha participado este departamento al incoarse 51 más que en el ejercicio de 2015.

Datos de la corrupción en 2016

La Fiscalía Anticorrupción incoó el año pasado 422 procedimientos penales, 51 más que en 2015, un aumento del 13,74 por ciento, presentó 59 escritos de acusación, 12 más, 25,53 por ciento y éstos suscitaron 29 sentencias, siete más, 31,81 por ciento.

Según estos datos, en 2016 Anticorrupción estuvo integrada por 22 fiscales permanentes, tres más que el año anterior, a los que hubo que sumar nueve de los denominados delegados temporales.

En cuanto a la actividad de la Fiscalía Especial en el ámbito de los procesos judiciales, es de resaltar que durante el año 2016 Anticorrupción estuvo presente en 524 procedimientos judiciales frente a los 371 del año 2015. Es decir, se han incoado 178 procedimientos penales nuevos en 2016, cifra que contrasta con la de 46 nuevas incoaciones que se produjo durante el 2015.

Sobre la labor de la Justicia ante la corrupción, el Sr. Lesmes resaltó que “los jueces desarrollan sus funciones con profesionalidad y sentido del deber, conscientes de las necesidades que presenta la sociedad española, de sus anhelos, de sus problemas y dificultades, de sus retos y aspiraciones. Por ello, es irrenunciable para todos nosotros el deber de promover un Poder Judicial que, preservando su independencia, actué con transparencia y cercanía, y sea servido por una Carrera Judicial ejemplar».

Asimismo, D. Carlos Lesmes ofreció también los datos de la Memoria sobre la actividad de los Juzgados y Tribunales correspondiente a 2016. Ésta refleja que el año pasado ingresaron en los órganos judiciales españoles un total de 5,8 millones de asuntos (un 31 por ciento menos que en 2015) y se resolvieron un total de seis millones quedando en tramitación al final del periodo otros 2,2 millones.

La Memoria de la Fiscalía, por su parte, constata un aumento del fraude contra la Hacienda Pública en lo que se refiere al IVA y al de Sociedades en 2016, mientras que se reduce en el IRPF. En el texto se hace referencia a la dificultad para obtener información estadística en delitos económicos, al no contar con una herramienta informática igual en todo el territorio nacional. Se aboga por crear un fiscal coordinador sobre delincuencia económica.

Pena de prisión para Francisco Granados. Las sentencias sobre tramas de corrupción y asuntos políticos, por desgracia, copan toda la actualidad de los medios de comunicación y de las tertulias callejeras.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido mantener en prisión al exconsejero madrileño Francisco Granados debido al riesgo de fuga, además de la destrucción u ocultación de pruebas, así como de reiteración delictiva por su presunta implicación en la denominada «Operación Púnica» contra la corrupción.

La sentencia, viene a rechazar el recurso del condenado contra la resolución del pasado mes de junio del juez instructor de la causa, Eloy Velasco, en la que rechazó dejarle en libertad, decisión que califican de “adecuada, cabal y ponderada”.
Igualmente se detallan los “graves” indicios en contra del investigado, que ya se encontraba preso desde el 31 de octubre de 2014, por su presunta participación en delitos de integración en organización criminal, contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, falsificación documental, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y prevaricación.
Siguiendo la línea de las intervenciones telefónicas, el propio material de la denuncia, al igual que los registros y los seguimientos practicados, se han definido serios indicios de que Granados, durante muchos años, se ha valido de los diversos cargos públicos que ha ocupado en el ámbito local y regional para crear “una cadena de deleznables favores y conductas impropias de un buen gestor público en la trama delictiva desbaratada, presuntamente dedicada a mover voluntades con fines de obtención de cuantiosos beneficios ilegales en la contratación pública amañada y en la espuria recalificación de terrenos”, fondos que en la mayoría de casos, se trasladaba a paraísos fiscales buscando su opacidad.
Estos hechos, fueron el origen de una gran cantidad de dinero, por lo que “no es descartable que posea un patrimonio oculto, tanto en nuestro país como fuera de él, lo que pudiera alentarle alguna tentación de sustraerse a la acción de los tribunales”.
Analizando la inducción para la desaparición de documentación, y de declaraciones que en otro caso serían desfavorables a sus intereses, lo que supone una «enorme capacidad para acceder, por sí o a través de terceros, a las fuentes de prueba o para influir en otros imputados o testigos»
“Su mencionada capacidad para mover voluntades en el entramado criminal que tejió y que sigue investigándose, nos lleva a deducir racionalmente que, en caso de de que accediéramos a las pretensiones de libertad formuladas podría seguir dedicándose a actividades que bordean la legalidad, concluye la sentencia.

Pena de prisión para Francisco Granados

Pena de prisión para Francisco Granados

Continuando con el análisis de la nueva reforma del Código Penal, vamos a pasar al análisis a una de las cuestiones que más controversia (por desgracia) han suscitado en los últimos años en la sociedad española, la corrupción.

El legislador ha intentado con esta reforma endurecer, concretar y dar más fuerza a un cuerpo legislativo que en los últimos años había quedado un poco en desdicha frente a la sociedad española por los numerosísimos casos de corrupción ocurridos en el panorama español.

Uno de los puntos más destacados de esta reforma reside en que conforme a la redacción actual es que los condenados por delitos de corrupción no podrán acceder a la libertad condicional mientras no devuelvan el dinero sustraido a las arcas públicas. Punto destacable que además de sus consecuencias legales desde luego tendrá un peso destacable y una gran aceptación social.

De igual manera el nuevo Código Penal incrementará la duración de las penas de inhabilitación, por las que impedirá que mientras dure el tiempo de la condena se pueda optar a un cargo electivo. En los casos más graves (inhabilitación de al menos 10 años), la prescripción del delito se va a ver elevada a quince años.

Siguiendo la línea tomada por el legislador para intentar alcanzar “la regeneración democrática”, y siguiendo la trayectoria de la idea de la transparencia del poder ejecutivo, el Gobierno remitirá semestralmente al Congreso un informe sobre la concesión y denegación de indultos.

Además se añade el artículo 304 bis, en el cual se regula el nuevo delito de la financiación ilegal de partidos, con una “pena de multa del triplo al quíntuplo de su valor, el que reciba donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores”.
Esta conducta se refuerza con el artículo 304 ter castigando con pena de prisión “el que participe en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, al margen de lo establecido en la ley”.

Es evidente que movido por determinadas situaciones que han creado y crean una importante alarma social el legislador ha decidido recrudecer las medidas a adoptar en materia de corrupción.

Desde Equal Abogados estamos a su disposición para asesorarle sobre esta o cualquier otra materia de Derecho Penal.