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Se amputa la mano para simular un accidente. De vez en cuando, nos encontramos con alguna sentencia, curiosa, rara o macabra. En muchas ocasiones los individuos llegan a límites insospechados para simular determinadas situaciones que den lugar a indemnizaciones.

En este tipo de actuaciones nos encontramos con una sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenando a tres años y seis meses de prisión por un delito continuado de estafa a un hombre que se amputó una mano y simuló un accidente de tráfico para cobrar la indemnización correspondiente a las pólizas que había suscrito con ocho compañías de seguros.

Por ello, el condenado va a tener que devolver los 335.000 euros que le ingresaron mediante transferencia bancaria tres de las aseguradoras contratadas: 35.000 euros a Santa Lucía Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., 90.370 euros a Liberty Seguros y 209.564 euros a Axa Seguros y Reaseguros.

Encontramos en la redacción de los hechos, que en la madrugada del día 10 de diciembre de 2007, el acusado, se amputó con un instrumento cortante la mano derecha para cobrar las coberturas pactadas en las pólizas. Tras la amputación, se hizo un torniquete para controlar la hemorragia, se dirigió con su coche hacia la carretera conocida como Camino Viejo de Nules a Moncofar y lo dejó caer por un terraplén. Posteriormente, colocó la mano que se había cortado a los pies del asiento del conductor y, después de incendiar el automóvil con una bolsa de gasolina, llamó al 112 y se tumbó hasta que llegó un policía local que lo encontró en la misma postura y fumándose un cigarro.

Tras esta actuación, emprendió las acciones judiciales para cobrar las pólizas de seguro suscritas con las aseguradoras – que cubrían, entre otros riesgos, el de fallecimiento, la incapacidad permanente y absoluta por accidente y la gran invalidez. El condenado, que era agricultor, tenía problemas económicos para pagar una hipoteca que había pedido para construir una vivienda, que le habían embargado junto al coche.

En una primera sentencia, fue condenado a 4 años de prisión, pero el recurso de casación interpuesto por el acusado contra el fallo de la Audiencia Provincial de Castellón lo ha reducido a tres años y seis meses al apreciar la atenuante de dilaciones indebidas por el largo tiempo transcurrido desde que se incoaron las diligencias, en junio de 2009, hasta que se dictó sentencia por dicho tribunal, en enero de 2016.

El acusado, por su parte, en sus alegaciones, destacaba: que sufre un cuadro psiquiátrico grave crónico, con actual diagnóstico de esquizofrenia paranoide, desde el accidente; que el corte de la mano no fue limpio y se produjo en el momento del accidente, no antes; que el tramo de carretera donde se salió el vehículo es un tramo curvo y no recto y, por último, que solo la amputación de la mano no estaba garantizada en las pólizas contratadas.

Todas estas alegaciones, son desechadas por la Sala ya que consideró que el acusado ocultó a las distintas compañías aseguradoras que había sido él quien había provocado el siniestro origen de las lesiones que constituía la base de su reclamación a las mismas. Dicho engaño, fue revestido de una apariencia de realidad y seriedad suficientes para engañarlas, hasta el punto de que al menos tres de ellas –Santa Lucía, Liberty y Axa- le abonaron las cantidades citadas y las restantes no lo hicieron, pese a las reclamaciones formuladas, por la prejudicialidad derivada de la existencia de la presente causa penal.

Destaca la sentencia que: “el hecho nuclear del engaño fue amputarse intencionadamente la mano simulando haber sido consecuencia de un siniestro vial, con una puesta en escena apta para provocar la mendaz apariencia deseada”.

Se destaca igualmente, que el perfil de riesgo del acusado no justifica la contratación de tantas pólizas en tan poco tiempo. Igualmente, su perfil patrimonial, es impropio de una persona que contrata ese número de pólizas cuyo pago requiere un aporte económico que no parece poder soportarlo con los ingresos de su trabajo o el de su esposa. Sobre la amputación de la mano, afirma que se produjo antes del accidente y, que el corte es limpio. Por último, señala que la salida del vehículo fue a poca velocidad y de forma controlada, y que el incendio no fue accidental sino por la aplicación de una fuente directa de calor que solo pudo venir del acusado.

Se amputa la mano para simular un accidente

Se amputa la mano para simular un accidente

Indemnización por un retraso en el diagnóstico. El Servicio Navarro de Salud, fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra a una indemnización de 20.000 euros a la esposa de un paciente fallecido por cáncer. El Tribunal determinó que se produjo un retraso en el diagnóstico, por la pérdida de oportunidad en recibir un tratamiento que hubiera podido aumentar su esperanza de vida.

La Sala no consideró la argumentación de la juez de instancia y por ello dio total validez al informe que emitió el perito designado judicialmente ya que consideró que “no existen motivos para reputarlo ineficaz y sin ningún efecto probatorio”.

El fundamento de la demanda y de la indemnización viene marcado por la teoría de “la pérdida de oportunidad”, la cual se explica porque “se produce cuando se priva al paciente de la posibilidad de obtener un resultado distinto y más favorable para su salud a causa de demora o error en el diagnóstico de la enfermedad”.

En este caso concreto, la  parte demandante solicitaba 100.000 euros de indemnización ya que entendía que se produjo un retraso en el diagnóstico de la metástasis vertebral derivada de un tumor renal, por serles realizadas a su esposo las pruebas adecuadas hasta el mes de julio. Sobre todo haciendo alusión a que en febrero de 2011 o, en su defecto, en marzo ya había signos médicos que evidenciaban su presencia.

Dicho informe del perito judicial apostaba por una indemnización ya que determinó que hubo cierta falta de seguimiento de la lex artis (Conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos en el momento presente) y cierta mala praxis (negligencia), ya que desde los meses de enero o en febrero tendría que haberse indagado más a fondo en torno a la existencia de un carcinoma y su metástasis dada la historia clínica del paciente.

La Sala consideró que dicho retraso indebido en el diagnóstico de tres meses determinó la pérdida de oportunidad para un mejor tratamiento, justificando la estimación parcial de la demanda, puesto que, como establecen diversas sentencias del Tribunal Supremo, “lo que se debe indemnizar es el daño moral derivado de la mera posibilidad de haber obtenido un resultado distinto al producido”.

Indemnización por un retraso en el diagnóstico

Indemnización por un retraso en el diagnóstico.

 

El pasado 22 de diciembre se presentó ante el Ministerio de Justicia por parte de la Asociación Empresarial del Seguro una nueva calculadora de indemnizaciones para daños causados a personas en accidentes de tráfico, que sigue el modelo del nuevo baremo de indemnizaciones.

Esta herramienta informática va a permitir conocer qué cantidad les corresponde percibir a las víctimas de siniestros de circulación. Para el cálculo de esta indemnización los criterios aplicables se van a fijar, como decimos, según el nuevo baremo, como la gravedad de las lesiones, los perjuicios sufridos o por la vinculación con un fallecido.

El nuevo sistema está basado en la aprobación de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. En este nuevo baremo se introducen nuevos conceptos tales como el gasto médico futuro o el lucro cesante.

Rafael Catalá, actual Ministro de Justicia destaca que la nueva aplicación permite una respuesta “más equilibrada, cercana y justa” a cualquier persona afectada por accidentes de tráfico. Esta mejora en el servicio es debida a la incorporación al cálculo de la indemnización de circunstancias personales, familiares, laborales o profesionales que van a permitir un cálculo más cercano con las características personales.

Esta calculadora se encuentra libremente accesible y que se puede descargar y consultar de forma gratuita. La calculadora ya se encuentra operativa para ordenadores personales y lo estará próximamente para tabletas y móviles, siendo compatible con IOS y Android. Podéis descargar la aplicación dando click aquí .

Nueva aplicación calculará las indemnizaciones por accidentes de circulación

Nueva aplicación calculará las indemnizaciones por accidentes de circulación