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Condenado por abusar de dos menores que contactó por internet. Desde Equal, siempre hemos recomendado tener mucho cuidado con las redes sociales, e internet en general. El asunto se complica cuando lo usan los menores de edad, y más complejo aún cuando hablamos de quedar con personas que se conocen por internet.

Siguiendo estas lamentables conductas, la Sección Primera de la Audiencia de Castellón condenó a 16 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de dos menores, de 13 años, con los que contactó por internet.

La pena impuesta, son 12 años cárcel por un delito de agresión sexual y cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual. Igualmente, el Tribunal le considera culpable de un delito de ciberacoso o “grooming” y otro de corrupción de menores por los que le impone una multa de más de 4.000 euros.

Este caso, sucedió en abril de 2012, en el momento que el condenado se hizo pasar por menor de edad para conocer a un menor a través de aplicaciones informáticas de mensajería instantánea. El condenado, para acercarse al menor, mantuvo conversaciones de contenido sexual con el niño, hasta conseguir quedar con él, desplazándose desde su domicilio en Barcelona hasta Castellón.

En ese momento, el niño quedó bloqueado al descubrir que se trataba de un hombre adulto, ya que esperaba a alguien de su edad. El condenado, aprovechando este bloqueo, subió al menor a su coche y le obligó a mantener relaciones sexuales.

Ya en junio de 2012 el mismo acusado, volvió a simular ser menor de edad para contactar con otro chico, de 13 años, a través de las mismas aplicaciones. La cita en este caso, fue en una biblioteca de Mataró, en la que le obligó a mantener relaciones sexuales con la amenaza de que mataría a su familia si no accedía a sus pretensiones.

Durante el registro de su vivienda, los agentes encontraron archivos de imágenes y vídeo de contenido pedófilo.

En el juicio el acusado reconoció los hechos. El tribunal le impone además la medida de libertad vigilada durante ocho años, tiempo durante el cual se le prohibe realizar actividades de contacto con menores de edad a través de internet y la obligación de participar en programas de educación sexual.

Como ya hemos dicho en numerosos casos hay que tener mucho cuidado con las redes sociales y los servicios de mensajería, más aún cuando se trata de menores, los cuales deberían usar siempre éstas bajo el control directo o indirecto de los progenitores.

Condenado por abusar de dos menores que contactó por internet

Condenado por abusar de dos menores que contactó por internet

¿Cómo podemos borrar nuestros datos de internet?

Derecho al olvido, derecho de cancelación, derecho a la oposición, estas acciones muchas veces tienen diferentes nombres, y la mayoría, se confunden incluso llegan a igualarse.

En este artículo lejos de dar notas didácticas y explicar los detalles que da la ley y las diferentes sentencias provenientes de Europa y del Tribunal Supremo, vamos a intentar explicar en la práctica como eliminar nuestros datos de la red.

Antes de nada y a modo de novedad, destacar que la última sentencia del Tribunal Supremo no cambia DE NINGUNA MANERA, las vías existentes para ejercer estos derechos innatos a nuestros datos personales.

En primer lugar parece claro que resulta interesante que antes de tener cualquier asunto con información no deseada que está publicada en la red, es importante seguir los consejos que dimos en nuestro artículo de ayer para evitar posibles sustos.

Si aún siguiendo estos consejos, nos hemos encontrado con datos que no nos interesa que aparezcan, deberíamos seguir los siguientes pasos.

En primer lugar y como parece lógico antes de realizar cualquier otra gestión, el usuario debería dirigirse ante el propietario del sitio.

¿Cómo hacerlo?

Según la LOPD cada web debe tener en su política de privacidad una manera de contactar con ellos para ejercer los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición). Normalmente, se trata de un mail en el que se puede argumentar qué datos personales son los que se quieren borrar. En dicho mail habría que además de incluir los motivos para solicitar su cancelación, enviar una fotocopia del DNI para certificar que se tiene la legitimación necesaria para poder solicitar dicho derecho.

En el caso de que estos datos se encuentren en un buscador (Google, Yahoo, Bing…) podremos dirigirnos también ante ellos con los formularios que ponen a disposición para el ejercicio de estos derechos, rellenando los datos y los enlaces donde se encuentran estos datos. Con esta opción, no cancelaremos los datos de la web, sino que se eliminará EL ENLACE que aparece en el buscador.

 Si en 10 días naturales o bien la página web o bien el buscador no responda a nuestra solicitud, o bien no realice las acciones que solicitamos, podremos dirigirnos ante la Agencia Española de Protección de Datos y solicitar una tutela de derechos para poder ejercer nuestro derecho a que cancelen estos datos que aparecen en la web.

Estos pasos son muy sencillos y muchas veces aparecen formularios para que su ejercicio sea más sencillo, bien es cierto que en muchos casos hay que tener en cuenta diferentes variables legales para realizar una argumentación sólida para poder ejercer finalmente nuestros derechos a que los datos sean borrados.

¿Cómo podemos borrar nuestros datos de internet?¿Cómo podemos borrar nuestros datos de internet?

 

¿Puedes borrar tus datos de internet?

Hace menos de una semana que el Tribunal Supremo se pronunció sobre el derecho al olvido Digital. Para poder entender éste derecho, comentamos los hechos que dieron lugar a la sentencia.

Dos personas que en los años ochenta estuvieron implicadas en delitos de tráfico y consumo de drogas, y que tras cumplir su condena por éstos hechos habían rehecho su vida personal, familiar y profesional, vieron cómo la noticia que en aquel tiempo se había publicado sobre su detención, ingreso y padecimiento del síndrome de abstinencia, aparecía en los primeros lugares de las consultas que se hacían  en Internet utilizando como palabras clave sus nombres y apellidos, después de la digitalización de la hemeroteca en que se encontraba la noticia. Por ello, estas dos personas pidieron al responsable de la hemeroteca que adoptara las medidas necesarias para evitar la difusión de la información haciéndose caso omiso a su petición, por lo que interpusieron una demanda en protección de su honor, intimidad y su derecho de los datos personales.

El Tribunal Supremo después de estudiar el caso, determinó que la vinculación entre los datos personales de una persona y una información lesiva para su honor e intimidad en una consulta en Internet va perdiendo su justificación a medida que transcurre el tiempo si las personas afectadas carecen de relevancia pública y los hechos, vinculados a esas personas, carecen de interés  histórico. En éste sentido, considera necesario hacer una ponderación entre el potencial ofensivo que para los derechos de la personalidad tiene la información publicada y el interés público en que esa información aparezca vinculada a los datos personales del afectado.

Por ello, el derecho a la protección de los datos personales justifica que, a petición de los afectados, los responsables de las hemerotecas digitales deban adoptar medidas tecnológicas para impedir que en sus páginas, la información obsoleta y gravemente perjudicial pueda ser indexada por los buscadores de Internet, ya que aunque la información publicada pueda considerarse veraz, ya no resulta adecuado para la finalidad con la que inicialmente fueron recogidos y tratados, y distorsiona gravemente la percepción que los demás ciudadanos tienen de la persona afectada, provocando un efecto estigmatizador e impidiendo su plena inserción en la sociedad.

Para concluir, es importante no dejar de mencionar que aunque  el alto tribunal permita la adopción de medidas para que una determinada información, que suponga un daño al derecho al honor de las personas, pueda ser indexada por buscadores de Internet, rechaza la procedencia de eliminar los nombres y apellidos de la información recogida en la hemeroteca, o que los datos personales contenidos en la información no puedan ser indexados por el motor de búsqueda interno de la hemeroteca, ya que se considera una restricción excesiva a la libertad de información vinculada a la existencia de las hemerotecas digitales.

¿Puedes borrar tus datos de internet?

¿Puedes borrar tus datos de internet?