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Falsificación para cobrar el paro e indemnizaciones. El paro y las indemnizaciones por despido, suponen uno de los grandes campos de actuación del derecho laboral. La consideración del despido y las cantidades a abonar tras la rescisión del contrato, siempre suponen un foco de conflictos.

En esta ocasión, hacemos alusión a una sentencia del Tribunal Supremo, que ha confirmado la condena a 4 años de cárcel y 3 años y medio, respectivamente, para un padre y un hijo que consiguieron que se le reconociera el derecho a cobrar el paro y una indemnización por despido al falsificar contratos de trabajo y cartas de despido de una empresa en Tenerife.

Por su parte, estos dos condenados, deberán indemnizar al FOGASA en las cantidades que obtuvieron a cuenta de su despido simulado (8.600 el padre y 7.200 euros el hijo), reservándose las acciones al SEPE para obtener el reintegro del dinero que pagó como prestaciones y subsidios de desempleo.

Los hechos, se basan en que el padre, era funcionario del cuerpo general auxiliar de la Administración del Estado, y desempeñaba funciones externas de asesoría para la empresa Construcciones Viproten S.L., de lo que se aprovechó para hacerse con el sello de dicha sociedad para confeccionar los documentos falsos.

Su hijo, había prestado en periodos no determinados, pero inferiores a un año, servicios laborales para la empresa plasmándose en los contratos de trabajo, la firma del administrador único de la sociedad, quien desconocía estos hechos, no correspondiendo con la realidad.

El 31 de octubre de 2007, los acusados presentaron, los mencionados contratos de trabajo simulados. Y el 23 de febrero y 2 de marzo del año 2009, con la finalidad de cobrar las prestaciones por desempleo y ulterior subsidio, haciendo creer a la Administración que habían sido despedidos, presentaron ante el INEM (hoy SEPE) sendas solicitudes de prestación contributiva acompañadas de sendos certificados de empresa, según los cuales, uno y otro acusado habrían dejado de prestar servicios para la misma con fecha de 14 de febrero de 2.009, elaborados en consonancia con el contenido de los contratos simulados.

Se dictaron las resoluciones administrativas estimatorias de las prestaciones solicitadas, de tal manera que Javier M.F. percibió una prestación por desempleo con fecha de inicio a 15 de febrero de 2009 y de finalización a 4 de abril de 2010, con una base de cotización de 52,34 euros diarios y subsidio de desempleo desde la mencionada fecha de finalización, en total 17.725,24 euros, en concreto, 9.883,29 euros por prestación contributiva por desempleo, y 7.841,95 euros, por subsidio asistencia por desempleo, del INEM.

Por su parte, José Alfonso M.M. percibió una prestación por desempleo con fecha de inicio también el 15 de febrero de 2009 y de finalización el 14 de febrero de 2010 y base de cotización de 97,05 euros y, desde su finalización, subsidio por desempleo, en total 16.963,66 euros, en concreto, 11.851,66 euros por prestación contributiva por desempleo, y 5.112,00 euros por subsidio asistencia por desempleo, del INEM (hoy SEPE).

A posteriori, plantearon sendas demandas judiciales en reclamación de despido improcedente y consiguiente indemnización, así como en reclamación de cantidades adeudadas por salarios no satisfechos. La magistrada de lo Social, quien creyó en la veracidad de la prueba documental presentada, dictó sendas sentencias condenatorias, declarando la improcedencia de ambos despidos.

El engaño de los acusados se descubrió con ocasión de la reclamación al FOGASA de los salarios de tramitación en virtud de insolvencia de la empresa Viproten S.L., que daría lugar al expediente administrativo. El jefe de la oficina del FOGASA constató el doble pago efectuado en el mismo periodo a estas personas por prestaciones por desempleo y salarios dejados de percibir, presentando denuncia ante la Fiscalía, a la vez que se denegaba el pago de los mismos (salarios de tramitación).

Falsificación para cobrar el paro e indemnizaciones

Falsificación para cobrar el paro e indemnizaciones