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El Tribunal Supremo, en una novedosa sentencia, ha dictaminado el valor superior de las pruebas de ADN, sobre todo en caso en los que se aporten datos nuevos y posteriores a las sentencias.

Dicha novedosa sentencia, se basa en una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, por la cual se condenó a 15 años y 6 meses de prisión a un ciudadano holandés, por tres delitos de agresión sexual, dos de robo con violencia, otro de lesiones y una falta de lesiones contra tres víctimas.

Dicha persona, vino a  solicitar la revisión de su condena, ya que la Policía Científica en un informe, declaraba que el verdadero autor de la agresión sexual y de las lesiones era un ciudadano británico (el cual fue condenado en su país de origen por la violación y el homicidio de una joven británica, con residencia en Fuengirola, que fue donde se cometieron los hechos de la sentencia).

En este informe de la policía científica se revelaba que, el perfil genético del ciudadano británico, era compatible con la mezcla de perfiles de la muestra de la agresión.

Igualmente, el ciudadano inglés proporcionó dos frotis bucales, que fueron analizados concluyéndose su compatibilidad con los perfiles genéticos de las muestras analizadas. Prestando declaración por ello en la prisión de Frankland ante la Abogada en Holanda admitiendo su posible implicación en el delito.

Por ello, el Tribunal Supremo, anuló la pena de 6 años y 6 meses de cárcel impuesta al condenado por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, eso sí manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida en los otros dos casos: un total de 9 años de prisión por agresión sexual, lesiones y robo a otras dos mujeres.

La Sala Segunda, mantiene que los resultados de dichas pruebas genéticas aportan datos nuevos y posteriores a la sentencia, afirmando de manera clara el carácter técnico e identificador de superior valor que las pruebas de ADN.

En resumidas cuentas, este nuevo giro en los hechos, provocó una declaración de nulidad parcial de la sentencia revisada en relación con la condena por uno de los delito de agresión sexual y lesiones en la persona de la primera víctima, por lo que se juzgará de nuevo la causa por el Juzgado de Instrucción por los actos que hayan sido anulados.

Valor superior de las pruebas de ADN

Valor superior de las pruebas de ADN

El Viernes 11 de Diciembre, el Consejo de Ministros aceptó la creación y regulación del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

A partir de ahora deberán acudir a él todas las personas que trabajen o realicen labores de voluntariado en contacto con menores de edad para acreditar que no tienen antecedentes por abuso de menores o algún delito similar.

Se trata de un sistema que impide que las personas que hayan comedido algún delito sexual puedan tener acceso o seguir ejerciendo profesiones, oficios u otro tipo de actividades que impliquen un contacto habitual con menores de edad.

El Registro, recogerá los datos de todos los condenados por sentencias firmes dictadas en España o en el Extranjero, por cualquier delito contra la libertad sexual, trata de seres humanos con fines de explotación sexual, etc. Éstos datos no serán públicos pero podrán acceder a ellos los propios interesados, así como los jueces y tribunales de cualquier orden jurisdiccional, el Ministerio Fiscal, la Policía Judicial y cualquier órgano de las Administraciones Públicas que tramite un procedimiento que precise de forma preceptiva de la información de una persona,  siempre previo consentimiento de ésta.

Con la creación de éste Registro, cualquier persona que pretenda trabajar o realizar algún tipo de actividad que conlleve contacto habitual con menores de edad deberá presentar, ante quien le contrata una certificación negativa que acredite que no está incluida en dicho Registro y en  el caso de que se trate de ciudadanos extranjeros, éstos deberán acreditar que no tienen condenas penales por los delitos que hemos mencionado anteriormente en su país de origen o en donde sean nacionales.

Lo que se pretende evitar  con éste nuevo Registro es que personas que tengan condenas por abusos sexuales o condenas de características similares puedan dedicarse a labores docentes y de voluntariado en contacto con menores de edad.

Registro de Delincuentes Sexuales

Registro de Delincuentes Sexuales