Debido a la situación económica actual, los procedimientos de reclamación de deudas puede que sean unos de los actos más habituales en cualquier despacho y asesoría.
Estos procedimientos de reclamación de deudas pueden llegar a ser muy complejos para el cliente, afectando a una relación previa con una tercera persona por lo que se hace necesario que la persona que tramite estos casos sepa llevarlo siguiendo los trámites legales establecidos.
Dentro de lo diferentes procesos de reclamación de deuda podemos encontrar el procedimiento monitorio, el cual se caracteriza por su brevedad y facilidad para facilitar la recuperación de la deuda.
En Equal Abogados tenemos una dilatada experiencia para tratar este tipo de procesos y desde la sede de Madrid se atenderá y resolverá cualquier cuestión que tenga con lo procesos de recuperación de deudas sin ningún problema.
Monitorio
El procedimiento más común para reclamación de una deuda pendiente es el procedimiento monitorio.
Se articula como un procedimiento judicial cuya característica principal es que se trata de una vía rápida y ágil para la reclamación de deudas. Su brevedad se caracteriza por la celebración de una comparecencia ante el Juez, solo en el caso de que el deudor se oponga a la reclamación presentada.
Para que una deuda se pueda reclamar por el procedimiento monitorio se han de cumplir 4 características:
Deuda líquida: Es decir, que puede expresarse numéricamente.
Tiene que estar determinada: Se sabe con precisión el monto.
Ha de estar vencida: Ha de ser reclamable por haberse superado el plazo para su pago.
Ha de ser exigible: El deudor ha de estar obligado a su pago.
En el caso de que el deudor no pague voluntariamente, ni se oponga dentro del plazo, el procedimiento finaliza, emitiendo una resolución permitiendo la ejecución forzosa por parte del demandante, por la que se podrán embargar bienes del demandado hasta la satisfacción total de la deuda.
Eso sí, en caso de que el deudor se oponga, la Ley prevé que el procedimiento se transforme en un Juicio Ordinario o Verbal, dependiendo de la cuantía del procedimiento.
Procedimiento Ordinario
Dentro de los procedimientos de reclamación de deuda, nos encontramos ante el procedimiento ordinario. Se trata de un procedimiento común, ya que será el determinado a aplicar, siempre que la ley no determine alguno en específico. A diferencia del procedimiento verbal, por esta vía se verán, aquellas demandas de reclamación de deuda que excedan de 6.000 euros. El procedimiento ordinario se iniciará con una demanda; a continuación se le concederá al demandado, un plazo de veinte días para contestar a la demanda.
El procedimiento ordinario a diferencia del monitorio y verbal supone un proceso más largo y tedioso, ya que se necesitan una cantidad mayor de trámites y legalidades para que se lleve a cabo, sin embargo en muchos casos no queda más remedio que acudir a él y es sin duda en estos caso en los que más se hace necesario la figura de un abogado. Sin duda desde el departamento legal de Equal Abogados tenemos un grupo de profesionales para llevar a cabo un procedimiento tan clásico dentro de nuestro ordenamiento como lo es el procedimiento ordinario.
Procedimiento verbal
Como tercer tipo de procedimiento para realizar una reclamación de deuda, nos encontramos ante el procedimiento verbal. Similarmente al procedimiento monitorio, la característica principal de este proceso es que no va a ser necesaria la necesidad de estar asistido por abogado y procurador.
La ley de Enjuiciamiento Civil prevé la posibilidad de reclamar, a través del Juicio Verbal, aquellas cantidades que no excedan de 6.000 euros.
Este procedimiento se articula como uno de los más eficientes para solicitar una reclamación de deudas, a diferencia del procedimiento ordinario donde los trámites y su duración prologan el tiempo medio de reclamación haciendo un proceso más largo y tedioso.
Por ello es recomendable a la hora de realizar un procedimiento verbal, contar con la figura de un abogado conocedor de estos trámites para acelerar y hacer lo más llevadero y eficiente el proceso y conseguir la recuperación de la cantidad debida.