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Adhesión de Google al Privacy Shield. El Privacy Shield es un acuerdo entre Estados Unidos y la Comisión Europea (asesorada por las agencias europeas de protección de datos) para regular el comercio de datos que se realiza entre las compañías de ambos territorios.
El Privacy Shield es un acuerdo que se firmó a principios de este año y viene a reemplazar al Safe Harbour, que era el antiguo acuerdo entre EE.UU. y las agencias europeas. El Safe Harbour, fue duramente criticado y finalmente cancelado tras entre otras cosas, las filtraciones del caso Snowden acerca de la inexistente protección de los datos personales en territorio americano por parte de sus autoridades.

Mediante este acuerdo, Estados Unidos ha aportado “garantías escritas”. Estas garantías se refieren al acceso a la información por parte de autoridades públicas. Sobre todo haciendo alusión a casos de seguridad nacional, en los cuales en E.E.U.U. prima la seguridad nacional muy por encima de los derechos personales.
Desde la Comisión Europea se ha emitido un comunicado por el cual, las empresas estadounidenses con intención de importar datos personales desde Europa van a necesitar cumplir con “obligaciones robustas” sobre el procesamiento de estos datos y las garantías ofrecías para proteger los derechos personales. El encargado de monitorizar estos compromisos va a ser el Departamento de Comercio de los Estados Unidos.

Es por ello, que Google se presenta como el primer gigante internacional en aceptar este importante acuerdo para adaptarse a este nuevo paradigma legal. El Privacy Shield, igualmente presenta alguna de las novedades requeridas en el Nuevo Reglamento Europeo de protección de datos, para mantenerse en actualización frente a estas novedades que entrarán en vigor en mayo de 2018.
Google, desde este comunicado ha informado que ha realizado las adaptaciones necesarias para adaptarse a estos requisitos. De todas maneras, se mantiene a la espera de la confirmación oficial de inclusión en este acuerdo a través de este enlace.

Es importante, que poco a poco las grandes empresas se vayan adhiriendo al Privacy Shield por tres motivos bien diferenciados.
El primero de ellos y más importante, es el de dar la protección necesaria a los datos personales de todas las personas que utilizan estos servicios, siendo Google el agrupador masivo de datos que es.

El segundo motivo, es el cumplimiento de la normativa europea (próxima) y de las normativas territoriales para el cumplimiento de los requisitos de las transferencias internacionales.
El tercero de ellos, es simplemente darle más importancia a este acuerdo, haciendo que grandes compañías, como Google, se adhieran a él, arrastrando al resto de ellas a tener que aceptar las reglas de juego y darle la importancia que merece este acuerdo.

Adhesión de Google al Privacy Shield

Adhesión de Google al Privacy Shield

Lexnet, denunciado ante la Comisión Europea. El sistema de gestión de la abogacía española, que entró en vigor en enero de 2016, siempre ha estado unido a numerosas críticas y problemáticas. Ahora, un par de abogados han pasado a la acción interponiendo sendas denuncias ante la Comisión Europea por lo que consideran un sistema «no solo ineficaz», sino también «de dudosa legalidad»

Joaquín Moeckel, un abogado sevillano, denunció ante la Comisión Europea el uso del sistema de comunicaciones telemáticas Lexnet por la Administración de Justicia. En la misma línea, el letrado Javier de la Cueva ya interpuso el día 13 de mayo, la denuncia originaria. En ella, el abogado considera que el sistema Lexnet es contrario al principio de división de poderes del Estado, vulnera el principio de independencia judicial, y también la privacidad de los ciudadanos, con base en el artículo art. 47 y el art. 8, apartados 1 y 2, del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la LO 15/1999, de Protección de datos de carácter personal.

Javier de la Cueva señalo, que la cuestión debe ser quién es el responsable del tratamiento de los datos incorporados al sistema. Según su razonamiento, el control del Poder Ejecutivo tiene sobre los flujos de entrada y salida de datos del Poder Judicial es total. El Ministerio debe proporcionar los medios y equipamiento para el funcionamiento del sistema, pero no debería poder hacer un tratamiento de los datos, que incluso le permitiría trazar perfiles, que, a su juicio, correspondería al poder judicial.

Moeckel, por su parte, asegura que debería ser responsabilidad del CGPJ, sobre todo a la hora de poder respetar la división constitucional de poderes.

El otro punto de estas denuncias, es la posible vulneración del derecho a la privacidad, sobre todo al tiempo de almacenamiento de estos datos, citando al respecto recientes sentencias del TJUE como la STJUE de 8 de abril de 2014, en el caso Digital Rights Ireland, donde se declaró nula la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006.

Por su parte, el CGAE se desconoce la presentación de estas denuncias y los términos en los que se han sustanciado, y afirman la colaboración de la Abogacía con la implementación del sistema Lexnet, que si bien tuvo ciertas incidencias en los primeros meses de andadura, consideran resueltas en la actualidad.

En el blog de la presidenta de la Abogacía, Victoria Ortega, contiene un post en relación a Lexnet en el que se puede leer «Estoy convencida, creo que lo estamos todos, de que el objetivo de Lexnet es positivo».

Lexnet, denunciado ante la Comisión Europea

Lexnet, denunciado ante la Comisión Europea