Economía compartida en el sector del transporte

La llegada de empresas de economía compartida en el sector del transporte, han tenido una bienvenida cuanto menos fría por no decir con mucha contradicción por los medios de transporte habituales. Desde la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) se llevará al Ministerio de Fomento ante los tribunales si no retira las restricciones a la competencia en materia de transporte de pasajeros mediante vehículos de alquiler con conductor.

Estas restricciones se encuentran contempladas en el  Real Decreto 1057/2015, del pasado 20 de noviembre.

Desde la CNMC se entiende que la norma “reduce la competencia en el mercado de transporte urbano de viajeros y blinda el régimen de monopolio en los servicios de taxi, frenando la innovación en el sector”. En este sentido, señala que “estos impedimentos a la libre competencia son especialmente gravosos en el momento actual de innovación acelerada en el sector, que se vería frenada por la norma y, por lo tanto, deben ser eliminadas del marco normativo”.

Igualmente esgrime la CNMC “son contrarias a los principios de regulación económica eficiente establecidos en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, carecen de justificación económica, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, y reducen el bienestar general”.

Por estas razones, el pasado 14 de enero, se envió un requerimiento de anulación de varios de los artículos incorporados al citado Real Decreto, que modifica el RD 1211/1990, por el que se aprobó el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Con este requerimiento se intenta, “brindar una oportunidad a las Administraciones competentes para que eliminen estas restricciones y favorezcan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros”.

Desde Uber, este requerimiento de la CNMC “reconoce los beneficios que la aparición de nuevas alternativas de movilidad pueden ofrecer a nuestro país”. Igualmente se señala que “estas alternativas favorecen, no sólo una mayor libertad de elección para el ciudadano, sino también una gran oportunidad de creación de empleo”.

Igualmente, desde otra de las grandes del sector, Cabify se señala que el Reglamento aprobado por Fomento propuso cuestiones positivas y contradictorias para sus intereses, sobre todo a la hora de la exigencia de una flota mínima de siete vehículos, ya que buena parte de la flota de Cabify está compuesta por conductores autónomos y esta exigencia supone una limitación.

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