La sala social del TSJ de Madrid, en una sentencia de este pasado verano ha señalado que no se vulnera la intimidad del empleado si en el contrato se especifica que el teléfono es para uso profesional y sólo se han mirado los mensajes entre trabajador y clientes, porque queda cubierta por la empresa la expectativa razonable de privacidad.
La empresa alegaba en la carta de despido la mala situación empresarial que motivaba a rescindir los servicios del trabajador. Pero, además, la entidad añadía que el trabajador no completaba su jornada laboral, así como que presentaba una falta de compromiso y adaptación a su puesto de trabajo.
El nuevo Real Decreto-ley 5/23 de 28 junio, desarrolla nuevos permisos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, inicialmente previstos en el anteproyecto de la Ley de Familias, cuya tramitación parlamentaria quedó paralizada con la convocatoria anticipada de elecciones.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha señalado recientemente que es contrario a derecho que las empresas seguridad privada requieran a los trabajadores de nueva incorporación un certificado o declaración escrita de que carecen de antecedentes penales
Las grabaciones en las que participa como interlocutor quien pretende valerse de las mismas como prueba en ningún caso conculcan el secreto a las comunicaciones.
Nuevos colectivos prioritarios para el fomento de empleo, el SEPE se transforma en la «Agencia Española de Empleo», mayor control por parte de la Inspección de Trabajo para los despidos colectivos e inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional entre otras novedades
Según la Sentencia 304/ 2022 de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias, “el trabajador habría aceptado una reducción salarial, que no había sido adoptada por la empresa como una modificación unilateral de las condiciones de trabajo, sino como un simple pacto a cambio de un compromiso expreso de preservar y mantener el empleo.