Se ha publicado recientemente una importante Sentencia del Tribunal Constitucional (47/2023 de 10 de mayo de 2023) relacionada con el procedimiento sancionador (expulsión o multa).

Según la sentencia del pasado mes de mayo “El complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción”

La nueva norma acaba de incorporar una serie de medidas e introduce importantes novedades en larelación jurídica arrendaticia entre propietario e inquilino.

La cuestión jurídica que se planteaba era determinar si para solicitar la recuperación de la titularidad de la autorización de residencia de larga duración como familiar reagrupado, se precisaba que la obtenida previamente debía ser independiente.

Una vez transcurrido el plazo legalmente conferido al efecto sin que tal subsanación haya tenido lugar en los términos objeto de requerimiento, el órgano competente deberá proceder a la mayor celeridad a dictar la correspondiente resolución en los términos del art. 21 LPACAP declarando expresamente dicho desistimiento, de forma que en tanto la misma no tenga lugar en los términos indicados, ha de admitirse la subsanación efectuada por el interesado inclusive extemporáneamente

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha señalado recientemente que es contrario a derecho que las empresas seguridad privada requieran a los trabajadores de nueva incorporación un certificado o declaración escrita de que carecen de antecedentes penales

Las grabaciones en las que participa como interlocutor quien pretende valerse de las mismas como prueba en ningún caso conculcan el secreto a las comunicaciones.

Según la Sentencia 24/2023 de 12 de enero, de la sala de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Supremo, acaba de producirse un giro LA LEY 739/2023doctrinal basado en el carácter indemnizatorio de los intereses abonados por la AEAT al efectuar una devolución de ingresos indebidos, como consecuencia de una declaración y cuyo objeto no es otro que el de resarcir al acreedor (en este caso, los contribuyentes) por los daños y perjuicios derivados de haber tenido que realizar un ingreso que los tribunales han declarado contrario a derecho.