Neymar y el presidente del Barça enjuiciados. Por si fuera poco con la simple actividad social y trepidante española, muchos tribunales reciben de manera ocasional hechos de gran importancia, tanto social como económica, de los tribunales españoles.

En esta ocasión, nos encontramos con que el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado la transformación en procedimiento abreviado de la investigación por el fichaje del delantero brasileño Neymar. Este proceso, fue iniciado por una querella de la empresa DIS y propone que sean juzgados por corrupción entre particulares y estafa impropia el presidente del FC Barcelona Josep María Bartomeu y su antecesor en el cargo, Sandro Rosell, así como el propio club, además del jugador y sus padres por el primero de los delitos.

En este auto, acordando la transformación de las diligencias en procedimiento abreviado y de igual manera poniendo fin a la instrucción, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ha dado diez días a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.

El juez De La Mata, analiza el contrato firmado en 2011 por el que Neymar recibiría 40 millones de euros para fichar en el futuro por el Barcelona “habría alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas, al impedir que el jugador entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso”, constituyendo el delito de corrupción entre particulares.

“Si el objetivo y finalidad de este contrato fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la Sala (…) entonces es razonable pensar que los dos directivos que intervinieron en su firma”, en alusión a Rosell y Bartomeu, entonces presidente y vicepresidente, respectivamente, “fueron responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta finalidad ilícita”.

De igual manera, viene a considerar responsable de los hechos a las partes contratantes en esos contratos, esto es, Neymar da Silva JR y Neymar da Silva Santos.

El Juzgado Central de Instrucción 5 considera que también son responsables por cuanto los hechos descritos fueron realizados por representantes legales de ambas entidades “sin que además conste (de hecho, lo acreditado es la situación contraria) que se hubieran adoptado por el órgano de administración de cada una de las entidades mecanismos o modelos de organización y control para prevenir delito de esta naturaleza”.

En el caso al delito de estafa impropia por los tres contratos suscritos en 2013 cuando el FC Barcelona anticipa la contratación de Neymar Jr -sin esperar a que quedara libre de compromisos con su entonces club, el Santos, a partir de julio de 2014- , el juez recuerda que fueron considerados por la Sala como “una simulación consciente y urdida para la comisión de la estafa”.

Neymar y el presidente del Barça enjuiciados

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