Según informa el diario El Periódico de Cataluña, una importante agrupación de juristas catalanes denunció en un acto en el Parlamento Europeo las ilegalidades que rodean a la ley de ruptura con las que la Generalitat de Catalunya quiere dar base jurídica al referéndum para la independencia.

El presidente de dicha agrupación de juristas, Pere Lluís Huguet, señaló que la ley de ruptura presentada por la Generalitat contiene numerosas ilegalidades como el hecho de que no respete de entrada ni la jerarquía normativa ni la Constitución Española.

Considerando, desacato jurídico, que se autoproclame ley suprema en una posible Cataluña independiente, así como en el caso de que el Gobierno español no permita el referéndum.

En la exposición de motivos de la citada “ley de ruptura”, se dice que el primer derecho humano es el de autodeterminación, cuando desde la agrupación de juristas “LLibertats”, se dice que el primer derecho humano es la libertad y la igualdad de todas las personas.

El eurodiputado del PP, Esteban González Pons, en este mismo acto en el Parlamento Europeo lamentó que la Generalitat «desvincule Estado de Derecho y democracia» y que «se cuente la mentira de que Cataluña formaría parte de la Unión Europea si se segrega de España».

Y según informa El Economista, como se esperaba, el Tribunal Constitucional paraliza la convocatoria del referéndum en Cataluña para el 1 de octubre. La admisión a trámite supone la paralización cautelar de las resoluciones aprobadas hasta que el tribunal de garantías se pronuncie sobre el fondo de asuntos.

El Ejecutivo cuestionó la legalidad de seis resoluciones aprobadas por la Cámara catalana el pasado 7 de octubre al existir un «incumplimiento» de la sentencia del Tribunal Constitucional 259/2015, de 2 de diciembre.

El Gobierno ya solicitó al Tribunal de Garantías la nulidad de otra resolución aprobada por el Parlamento catalán el pasado 27 de julio, la que dio inicio al denominado proceso de «desconexión» de Cataluña con España. De hecho, el TC ya se ha pronunciado al respecto y acordó de forma unánime su nulidad.

El Pleno también ha acordado tramitar el incidente y los apartados de los capítulos titulados ‘Referéndum’ y ‘Proceso Constituyente’ que se incluyeron en el Título I sobre ‘El futuro político de Cataluña’ de aquella resolución.

Han dado traslado al Ministerio Fiscal y al Parlamento de Cataluña de la petición de la Abogacía del Estado para que, en el plazo de veinte días formulen las alegaciones que estimen oportunas y acuerda también la suspensión cautelar de los apartados objeto del incidente de ejecución, lo que es consecuencia automática de la invocación por el Gobierno del artículo 161.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

De acuerdo con lo solicitado por el Abogado del Estado, el Pleno ordena notificar personalmente esta resolución a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, a los demás miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña, al secretario general del Parlamento de Cataluña, así como al presidente Carles Puigdemont y demás miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña.

LLibertats denuncia de ilegal la ley de ruptura Catalana

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