enaltecimiento del terrorismo por un tweet

Juicio por enaltecimiento del terrorismo por un tweet. Siempre hacemos mención en esta web que las conductas realizadas online tras un perfil son constitutivas del delito. En este caso más concreto, el hecho que origina el pleito es un tweet.

Siguiendo esta línea de hechos, nos encontramos con que la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha publicado una sentencia anulando el sobreseimento acordado por el juez instructor por la causa abierta al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata. De igual manera, ordena la apertura de juicio oral por un delito de enaltecimiento del terrorismo, en su vertiente de humillación a las víctimas, en relación con un tuit referido a la víctima de ETA Irene Villa.

La Sala tomó esta decisión estimando el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Dignidad y Justicia, que ejerce la acusación, y por el Sindicato Manos Limpias.

Igualmente dicho tribunal determina en su resolución que los hechos objeto de acusación se refieren a la frase siguiente: “Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcocer parar que no vaya Irene Villa a por repuestos”.

Esta sentencia incluye un voto particular del magistrado Jose Ricardo de Prada que, al contrario que sus compañeros Enrique López y Concepción Espejel, entiende que la expresión publicada en la red social Twiter no es constitutiva de delito.

A pesar de este voto y siguiendo el ánimo de la sentencia vemos que las publicaciones en las redes sociales y sobre todo en aquellas con tanta difusión como Facebook van a tener repercusión real y por tanto van a poder ser constitutivas de delito.

Juicio por enaltecimiento del terrorismo por un tweet

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